Visado

El visado colegial garantiza la identidad, la titulación y la habilitación de quien suscribe el proyecto. Es también la herramienta que certifica la autentificación legal, el registro y la revisión formal de presentación de los documentos requeridos.

El visado comprenderá la revisión formal y documental, pero no supondrá ni el sancionamiento ni la corrección técnica del contenido del trabajo profesional, ni tampoco el cumplimiento de la normativa sectorial o técnica aplicable.

REQUISITOS DE LOS TRABAJOS A VISAR

Es necesario que todo proyecto que se remita al COAMBM para su visado cumpla los requisitos estipulados a continuación. COAMBM puede no acceder a visar proyectos en caso de que no se cumplan la totalidad de los requisitos establecidos.

1. Requisitos para la documentación:

  • Los proyectos y trabajos profesionales deberán ser entregados en formato PDF.
  • Todos los proyectos deben ir en un único documento en formato PDF, incluyendo planos (en formato a imprimir) y anexos.
  • El tamaño de los planos adjuntos debe ser a imprimir.
  • Se entregarán sin contraseñas, ni seguridad, ni certificados electrónicos.
  • Todos los documentos a visar deben ir ya firmados por el colegiado (proyecto, planos, pliego condiciones, etc.)
  • La firma se entiende por: nombre y apellidos, titulación y no del colegiado. Se recomienda la firma de los documentos con certificado electrónico, cumpliendo la Ley 59/2003, de 19 de diciembre, de firma electrónica. En este caso, no deberá bloquearse el documento tras la firma, con objeto de que se puedan insertar en el mismo los sellos de visado.
  • La falta de firmas o recepción en formato incorrecto de los trabajos a visar supondrá la denegación del visado hasta que se subsane el problema.
  • Si el proyecto a visar supera los 20 MB deberá ponerse en contacto con el COAMBM.
  • En caso de que los planos están firmados por otro profesional diferente al colegiado que solicita el visado, el proyecto deberá mencionar de forma explícita y detallada (nombre y apellidos, titulación y número de colegiado y colegio al que pertenece) al autor de los planos. Así como un documento de quien haya elaborado los planos indicando que es el autor de los planos realizados para un proyecto determinado (deberá especificar el título del proyecto y los datos referentes a quien solicita los planos). Si además estos planos están visados por otro colegio, se realizará un doble visado de los mismos.

2. Con el fin de mejorar la calidad del servicio y en virtud artículo 13 de la Ley 2/1974 (modificado por la Ley 25/2009, de 22 de diciembre, de modificación de diversas Leyes para su adaptación a la Ley sobre el libre acceso a las actividades de servicios y su ejercicio), sobre Colegios Profesionales el COAMBM declara:

  • Será necesaria la petición expresa del cliente para la realización del visado (bien sea un certificado del cliente o un presupuesto a entregar al cliente que incluya el coste del visado)
  • Que, ante la posibilidad de declarar responsable de daños al autor del proyecto visado, se recomienda disponer de Seguro de Responsabilidad Civil al colegiado que use el servicio de visado.

3. El COAMBM emitirá e incluirá en el trabajo visado un Informe de Visado.

A continuación, puedes consultar un documento que amplía la información aportada hasta el momento en la web. En este archivo puedes encontrar la información relacionada con la normativa de referencia, el objeto del visado, responsabilidad por daños de documentación visada, procedimiento de visado y tarifas.

Procedimiento y tarifas

Para cualquier consulta sobre el servicio del visado puedes acceder a nuestro formulario de contacto. Si deseas ampliar información sobre el visado o si por el contrario quieres que realicemos el visado, el asunto seleccionado debe ser “Visados”. Accede al formulario a través del siguiente enlace:

Tramitar visado
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